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Reglamento de la Promoción «PARTICIPE Y GANE CON LA RULETA MUNDIALISTA CON CENTRAL DE REPUESTOS TR”

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN “PARTICIPE Y GANE CON LA RULETA MUNDIALISTA DE CENTRAL DE REPUESTOS TR”

 

Este reglamento (en adelante, el “Reglamento”), tiene por objeto regular las relaciones entre Marot de Costa Rica S.A. bajo el nombre comercial de CENTRAL DE REPUESTOS TR, en adelante “CENTRAL”. Y los participantes de la promoción “PARTICIPE Y GANE CON LA RULETA MUNDIALISTA DE CENTRAL DE REPUESTOS TR”

 

  1. Términos y Condiciones Generales

1.1 Organizador: Marot de Costa Rica S.A. sociedad identificada con cédula jurídica 3-101-103539-28.

1.2 La Promoción no está vinculada ni será acumulable con ninguna otra promoción existente o que sea lanzada en el futuro por CENTRAL.

 

PRIMERO: REQUISITOS

  • La Promoción, en las condiciones del presente Reglamento, es válida únicamente para las compras de contado superiores a 20.000,00 colones, realizados en cualquier sucursal de CENTRAL o utilizando el servicio express.
  • Presentar su factura el mismo día en que realizo la compra.
  • Participa el portador de la factura.
  • Tener 18 años o más.
  1. Ser de cualquier nacionalidad, documento de identificación legal y vigente.

SEGUNDO: MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN

  1. Después de realizada la validación de la compra y la renuncia expresa a algún descuento previo, el participante tendrá el derecho de jugar la ruleta una única vez por factura, dependiendo del monto se le asignará el bando de premios al que puede acceder en la ruleta.

Bandos de premios: Conjunto de opciones de premios al que el participante puede acceder según el monto de su factura.

Primer Bando: Facturas con montos de 20.000,00 colones hasta 30.000,00 colones

Segundo Bando: Facturas con montos superiores a 30.000 colones hasta 40.000,00 colones

   Tercer Bando: Facturas con montos superiores a 40.000,00 colones

  • El participante tendrá un turno para girar la ruleta asignada, teniendo la oportunidad de ganarse uno de los premios presentes en el disco al salir favorecido.
  • Si el participante sale favorecido con algún premio se procede con la entrega del premio en forma inmediata y registro de recibido en la bitácora.

TERCERO: PREMIOS (DESCRIPCION, ENTREGA Y CONDICIONES)

  • La ruleta está compuesta por tres diferentes bandos según la categoría permitida a participar, los cuales contienen los premios a ofrecer (está permitido el acumular los montos de distintas facturas del mismo participante y del mismo día en que fueron realizadas con el fin de poder participar en uno de los bandos de mejores premios. Queda prohibido fraccionar el monto de una factura).
  • Los premios establecidos en los bandos podrán quedar sujetos a cambios durante la promoción por razones de existencias o por decisión de CENTRAL
  • Será un solo ganador por turno.
  • El premio no es transferible ni canjeable.
  1. Con su participación, el participante autoriza a CENTRAL a que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo de los premios, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen, los cuales se tienen por cedidos temporalmente pero sólo para los efectos de divulgación del resultado de esta promoción.
  • La responsabilidad de CENTRALy el ganadorfinaliza con la entrega del Premio.

CUARTO: PLAZO DE LA PROMOCIÓN

La vigencia de esta promoción es del 28 de Mayo hasta el 15 de Julio del 2018 inclusive.

QUINTO: RESTRICCIONES

El beneficio tendrá las siguientes limitaciones:

  • Toda persona que desee participar en la promoción, deberá tener conocimiento de este Reglamento, ya que el reclamo, la aceptación y el recibo del beneficio, implica la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y restricciones en cuanto a los beneficios. Por lo anterior y para todos los efectos legales, CENTRAL, entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese conocimiento, se verificará por el hecho de que el interesado participe en la promoción durante el plazo establecido, en cuyo caso CENTRAL, podrá solicitar al interesado al momento de reclamar su premio, que mediante documento escrito, manifieste dicha declaración y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del Reglamento.

 

  • Quedan excluidos de esta promoción todo el personal laboral de CENTRAL y familiares de estos hasta el segundo grado de consanguinidad (entendiéndose por tales los hijos, padres, hermanos y cónyuges).

 

  • Reclamos: No se admitirán reclamos en contra de las normas establecidas en este Reglamento.

 

  • Modificaciones al Reglamento: Cualquier modificación al presente reglamento, será debidamente notificada de manera pública a través del Facebook de CENTRAL. CENTRAL se reserva el derecho de modificar las condiciones de esta promoción, informando en efecto a los clientes de CENTRAL, lo cual no generará responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo a favor de terceros por parte de CENTRAL.

 

  • CENTRAL no reconocerá ningún gasto incurrido por los favorecidos para retirar el Premio. CENTRAL se limita 
a entregar únicamente el Premio ofrecido en este Reglamento, por lo que no se aceptarán cambios ni mejoría en el mismo.

 

  • Si el favorecido no acepta el Premio o sus condiciones, este Premio se considera renunciado y extinguido en relación al favorecido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.

 

  • El favorecido con el premio, será responsable del uso y disfrute que le dé al mismo. Al participar, los participantes liberan de responsabilidad a CENTRAL, patrocinadores, y demás involucrados en esta promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representante o agentes por cualquier daño que surja indirectamente como consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión de la promoción, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la promoción.

 

  • Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad a CENTRAL por:
a) Gastos incurridos para participar en la promoción, para hacerla efectiva o para disfrutarla;
b) Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción;
c) Daños sufridos a la integridad o bienes del ganador o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del premio.
  • SEXTO: DISPOSICIONES GENERALES
  • El presente Reglamento podrá ser modificado o cambiado en cualquier momento, a discreción de CENTRAL.

 

  • La aceptación de la Promoción por parte del cliente implica la plena aceptación de los términos y condiciones que se establecen en el presente Reglamento.

SEPTIMO: LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Todas las controversias que surjan por la aplicación y cumplimiento del presente Reglamento se resolverán amigablemente entre el Cliente y CENTRAL, y en caso de no existir arreglo, las controversias se dilucidarán ante el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica, a través de un procedimiento de conciliación de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Conciliación del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica, que en ningún caso podrá tardar más de 3 (tres) días naturales, con un máximo de una sesión diaria no mayor a tres horas. En la eventualidad de que el conflicto persista, ya sea total o parcialmente, CENTRAL y el Cliente acuerdan expresamente, renunciando las partes a cualquier otra jurisdicción que les competa por cualquier otra razón, someterlo a un proceso arbitral de derecho, en español, de conformidad con el Reglamento de Arbitraje antes mencionado, a cuyas normas el Cliente y CENTRAL se someten en forma incondicional. El Tribunal Arbitral estará compuesto por un árbitro, designado de conformidad con el Reglamento de Arbitraje. Dichos procesos se llevarán a cabo en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica, de conformidad con la Ley de Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social número 7727 de la República de Costa Rica, así como con el Reglamento antes mencionado. En cuanto a los honorarios profesionales que cobren los conciliadores y/o la Cámara de Comercio de Costa Rica en el caso de la conciliación, serán cubiertos por ambas partes en partes iguales independientemente de llegar o no a un acuerdo. CENTRAL y el Cliente cubrirán independientemente, los honorarios profesionales de sus abogados sin derecho a restitución por la otra parte. En caso del arbitraje, cada parte cubrirá sus costas durante el proceso arbitral y será la parte perdedora quien las restituya a la parte vencedora dentro del plazo que el árbitro establezca.

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